Homologar Suspensión en turismo

Homologar Cambio de Suspensión en turismo

¿Qué se necesita para homologar un cambio de suspensión en turismo?

Para que podamos tramitar la homologación de cambio de suspensión en turismo ya sea mecánica, mecánica-hidráulica o neumática, necesitaremos que nos envíes la siguiente documentación.

  • Ficha técnica del vehículo.
  • Permiso de circulación.
  • Referencias de muelles, amortiguadores, equipos neumáticos…
  • Medidas de los muelles, altura del vehículo, altura de los dispositivos de alumbrado, marcas amortiguadores y muelles.
  • Certificado taller, en caso de no disponer de el, podemos ayudarte.

Documentos para tener el cambio de suspensión de tu turismo homologado

En la mayoría de los casos este tipo de reformas de carrocería en turismo, se tramitan bajo proyecto técnico. Los documentos que ITV solicita son:

  • Proyecto técnico
  • Certificado final de obras
  • Informe de conformidad
  • Certificado taller

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Si quieres legalizar el cambio de suspensión en tu vehículo, no dudes en contactar

¿Qué debo tener en cuenta a la hora de cambiar la suspensión en mi vehículo?

-Sí modificas la suspensión debes tener en cuenta que:

-La suspensión puede venir sin TUV. Pero es recomendable que venga referenciada en los muelles y amortiguadores.

-No podemos disminuir la altura menos de 5 cm.

-No podemos subir el coche más de 5 cm si no tiene ABS.

-Podemos subir el coche más de 5 cm si tiene ABS, máximo 10cm para evitar las pruebas de frenado.

-Habrá que:

  • Tomar fotos de las referencias de los muelles y amortiguadores
  • Nueva altura
  • Fotos del vehículo
  • Fotos de la documentación 
  • Foto con el metro de las alturas de los dispositivos de alumbrado. 

¿QUÉ TIPOS DE SUSPENSIONES EXISTEN PARA TURISMO?

-SUSPENSIÓN DE MUELLES Y AMORTIGUADORES

-Para cambiar muelles o amortiguadores o ambas cosas debemos tener una serie de cosas en cuenta para facilitarnos el procedimiento, así como para vosotros mismos seáis capaces de entender que es lo realmente importante a la hora de comprar una suspensión.
 
-Lo mas recomendable es comprar muelles y amortiguadores homologados, es decir, que vengan con una documentación de homologación para facilitarnos comprobaciones y así poder tomar los datos de esos documentos, aunque en la mayoría de los casos aun así hay que medir el muelle.
 
-Tenemos que comprobar si el eje tiene barra de torsión, si es así debéis comentárnoslo.
 

-Si en el amortiguador hay bieletas se debe conservar variando su altura, en caso de sustitución tener en cuenta que sea una pieza homologada y válida para el conjunto.

-Si la altura del coche aumenta mas de 10 cm, habría que realizar ensayos.
 
-La suspensión roscada se puede homologar pero únicamente con la altura a la que se instala, en caso de variar altura corres el riesgo de multa o de no pasar ITV.
 

-SUSPENSIÓN NEUMÁTICA

-En este caso es totalmente obligatorio que la suspensión neumática tenga certificado de homologación o TUV.

-No es conveniente modificar la altura mas de 5 cm, ya que modificaríamos el centro de gravedad y posiblemente habría que someter el vehículos a una serie de ensayos que no son nada económicos, hasta el punto de no ser viable la transformación, también dependiendo tu cartera.

-Si bajas mas de 5 cm la altura del coche, las ruedas no pueden rozar el guardabarros y la distancia de los bajos del coche al suelo debe ser al menos de 10 cm. 

OTROS FACTORES A TENER EN CUENTA SEGÚN MANUAL DE REFORMAS

Aquellas modificaciones de suspensión que afecten o alteren la regulación de válvulas distribuidoras o válvulas sensibles a la
carga deberán cumplir con la directiva de frenado 71/320/CEE.

Esta reforma obliga a la incorporación de protección lateral, sistema antiproyección y protección trasera para vehículos que en la
fecha de matriculación no era obligatoria la incorporación de estos dispositivos, aunque la reforma no afecte a estos Actos
Reglamentarios.

Los Actos Reglamentarios relativos a protección delantera contra el empotramiento, protección de los peatones y sistemas de
protección delantera no se exigirán a los vehículos matriculados antes de la fecha de obligatoriedad marcada en el Real Decreto
2028/1986 para estos Actos Reglamentarios.

En caso de que la reforma incluya la sustitución del dispositivo antiempotramiento trasero, se aplicará la directiva a último nivel.
No se considerará reforma la instalación de barras de unión en torretas de suspensión.

Los vehículos de categorías M y N que no incorporaban en su construcción original el ESC, podrán ser reformados aunque la
transformación afecte al sistema de frenado, sin el cumplimiento de las exigencias técnicas requeridas en los Reglamentos
CEPE/ONU Nº 13 ó 13H para dicho sistema, dado que no es posible técnicamente la incorporación del mismo.

Cuando la transformación afecte al sistema de frenado, los vehículos de categorías M y N que incorporen ESC de serie podrán
ser reformados solo cuando sea posible una reprogramación adecuada del sistema ESC.

CONSIDERACIONES A TENER ENCUENTA FRENTE A LA ALTURA, YA QUE LOS DISPOSITIVOS DE ALUMBRAMIENTO DEVEN CUMPLIR CON LA SIGUIENTES ALTURAS

-Como hemos dicho anteriormente lo mas importante en todo caso es no superar la altura del coche mas de 10 cm para evitar ensayos y que el coste de la homologación se dispare.

-También hay que comprobar que los dispositivos de alumbrado este dentro de los rangos de alturas correspondientes.

Os dejamos aquí la normativa de las alturas para que vosotros lo midáis antes de enviarnos la información:

-LUZ DIURNA

Las alturas de miden desde la parte baja del dispositivo de alumbramiento al suelo.

Altura máx: 1,5 m

Altura mín: 25 cm

-LUZ DE CRUCE

Las alturas de miden desde la parte baja del dispositivo de alumbramiento al suelo.

Altura máx: 1,2 m

Altura mín: 50 cm

-LUZ DE CARRETERA

Las alturas de miden desde la parte baja del dispositivo de alumbramiento al suelo.

Para este tipo de dispositivos no es necesario el cumplimiento de ninguna altura respecto al suelo. 

-LUZ DE POSICIÓN TRASERA

Las alturas de miden desde la parte baja del dispositivo de alumbramiento al suelo.

Altura máx: 1,5 m

Altura mín: 35 cm

-CATADIÓPTICOS TRASEROS (LUCES SINCONEXIÓN ELÉCTRICA)

Las alturas de miden desde la parte baja del dispositivo de alumbramiento al suelo.

Altura máx: 90 cm

Altura mín: 25 cm

Si no se pueden respetar estas altura se considerara un máx de 1,5 m si va agrupado con las luces traseras.

VENTAJAS DE MONTAR SUSPENSIÓN EN TURISMO

Las ventajas en cuanto cambiar la suspensión de tu coche es relativa, trataremos algunos aspectos que os ayudaran a decidiros.

-Mejora la estética del coche, no hay que ser muy listo para saber como es un turismo con la altura bajada, la estética lo convierte en otro coche.

-La suspensión neumática es regulable, por lo tanto podrás cambiar la altura de tu coche para determinadas ocasiones.

-Por otro lado las suspensiones de muelles están diseñas para cumplir ciertas funciones de confort, estabilidad, asentamiento del coche en curvas, es importante que pienses que quieres conseguir con el cambio de suspensión.

¿COMO MONTAR SUSPENSIÓN EN TURISMO?

Lo mejor que para este tipo de transformaciones acudáis a un taller profesional, ya que hay que disponer de ciertos conocimientos o bien estudiar antes. Si vais a un profesional obtenéis el certificado taller gratuitamente.

Como somos los que opinan que unas imágenes valen mas que mil palabras os vamos a compartir una serie de videos ordenados por cada suspensión, para que veáis como se llevan a cabo el montaje de los tres tipos que hemos visto anteriormente:

-SUSPENSIÓN DE MUELLES Y AMORTIGUADORES

 -SUSPENSIÓN NEUMÁTICA

COMO MEDIR LA SUSPENSIÓN DE MI VEHÍCULO PARA HOMOLOGARLA

Para poder homologar la suspensión en turismo tenéis que pasarnos las medidas tal y como aparecen en el ejemplo.

DATOS DEL MUELLE

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REFERENCIAS

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ALTURA DISPOSITIVOS ALUMBRADO

Altura luces (1)
Altura luces y matricula (1)

¿CUANTO VALE HOMOLOGAR SUSPENSIÓN EN TURISMO?

Para que podamos darte presupuesto debes rellenar el formulario que aparece mas abajo y te contestaremos rápidamente.

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Puedes enviarnos un mensaje con lo que necesites que hagamos por ti o puedes llamarnos directamente.

Si tienes un cambio de suspensión  sin homologar la multa podría ascender hasta los 500€. Pero eso no es todo, podrías enfrentarte a pagar hasta 4.000€ y una retirada del permiso hasta la homologación.

  • Documentación del vehículo
  • Fotos del vehículo
  • Fotos de las referencias de amortiguadores y muelles
  • Fotos de las alturas de los dispositivos de alumbrado
  • Nueva altura del vehículo

Basta con que tengas algunas referencias. Si no las tiene podemos ayudarte. No hace falta TUV.

Claro, si necesitas un certificado taller, podemos ayudarte a conseguirlo.