Cambio a Vehículo Histórico
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¿QUE ES UN VEHÍCULO HISTÓRICO?
Un vehículo histórico es aquel que por su antigüedad, al menos 30 años, interés o singularidad merezca una consideración especial que proteja su carácter representativo y simbólico, resguardando así el patrimonio cultural y simbólico de nuestro tiempo y permitiendo su utilización con la debida seguridad técnica y mecánica.
Podrán ser considerados Vehículos Históricos y matricularse como tal aquellos que:
- Tengan una antigüedad mínima de 30 años.
- Estén incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica.
- Sean considerados vehículos de colección, que por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos.
¿QUE DEBO TENER EN CUENTA A LA HORA DE PASAR A HISTÓRICO?
Antes de nada tienes que conseguir que tu Comunidad Autónoma catalogue como histórico el vehículo. Para ello deberás solicitar la inspección del vehículo por un Laboratorio Oficial acreditado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma y acompañar los documentos acreditativos que te soliciten. En este caso somos nosotros los encargamos de hacer estos trámites tan pesados.
Una vez catalogado el vehículo como histórico deberás solicitar una inspección técnica, previa a su matriculación, en una estación de Inspección Técnica de Vehículos de tu provincia indicando que se trata de una inspección para conseguir matrícula histórica.
La estación ITV emitirá la tarjeta ITV , expresando en ella la fecha de fabricación del vehículo, si fuera conocida, las limitaciones a la circulación y las condiciones técnicas exentas que figuren en la resolución de catalogación.
Por último, habría que solicitar la matricula histórica en trafico y pagar sus correspondientes tasas.
¿QUE VENTAJAS TIENE PASAR EL VEHÍCULO A HISTÓRICO?
- Seguros más económicos en estos casos
- No tiene por que cumplir el nivel de emisiones de contaminación
- Pasará ITV de 2 a 5 años.
¿CUANTO VALE EL TRÁMITE DE PASAR EL VEHÍCULO A HISTÓRICO?
Puede varías por muchos motivos o razones, lo mejor es que rellenes el siguiente formulario y te pongas en contacto con nosotros, te responderemos rápidamente.
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Puedes enviarnos un mensaje con lo que necesites que hagamos por ti o puedes llamarnos directamente.
No se puede conducir sin documentación ni placas, por lo que si quieres usar tu vehículo mientras gestionas la matriculación, puedes, si el vehículo cumple los requisitos, solicitar unas placas temporales (verdes)
Sí, cualquier vehículo dado de alta o que se encuentre en la vía pública debe estar al día de ITV y seguro, aunque los seguros de estos vehículos suelen ser más baratos.
El precio oscila dependiendo de la comunidad autónoma y de si el ingeniero necesito desplazamiento entre los 450-750 €.
Los vehículos históricos que no sean capaces de superar la velocidad de 40 km/h. circularán por el arcén, si fuera suficiente y practicable.
Los vehículos históricos no podrán circular por autopista o autovía si no alcanzan, como mínimo, la velocidad de 60 km/h.
Asimismo, mediante resolución de la Dirección General de Tráfico podrá prohibirse, en determinadas fechas y vías, la circulación de los vehículos que no sean capaces de superar la velocidad de 80 km/h.
Además, aquellos vehículos que por su antigüedad o características constructivas, no dispongan de los sistemas de alumbrado y señalización óptica exigidos por la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, no podrán circular entre la puesta y la salida del sol, ni en circunstancias que hagan necesario el empleo de tales sistemas.
Un coche histórico tiene que seguir acudiendo a los exámenes de inspección, pero la gran ventaja es que esta se produce por periodos de tiempo más largos. Lo normal es que se realice cada 2 o cada 5 años.
Debe tener una antigüedad mínima de 30 años, contados a partir de la fecha de fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.