Lo que se legaliza es el soporte, para uso de alumbrado específico: así queda escrito en tu ficha técnica. Con eso puedes circular con la barra puesta. Eso sí, los cantos no pueden ir con filo.
Sí, y con un matiz importante. Cualquier soporte que añadas al vehículo — en el montante, en el capó, en la baca o en la defensa — es una pieza nueva atornillada a la carrocería, y eso se declara.
Ahora bien, la barra LED no se legaliza como tal. Hoy por hoy no lo están dejando: queda un solo laboratorio que lo certifique y nadie sabe cuánto va a durar. Lo que se hace, y es lo que está haciendo todo el mundo, es legalizar los soportes para uso de alumbrado específico. Así es como queda escrito en tu ficha técnica.
¿Y eso qué te da? Que la policía no puede multarte por llevar la barra puesta, porque tu ficha dice que ese soporte es para alumbrado específico. En la ITV, en el peor de los casos, te pedirán que quites la barra para pasar la inspección; pero para circular estás habilitado.
La parte delantera depende del año. En vehículos anteriores a 2013 se legaliza sin problema. En los de 2013 en adelante hay que estudiarlo, y en la mayoría de los casos no se puede: mejor pregúntanos antes de comprar nada.
Sin homologar, la ITV es desfavorable y el seguro puede desentenderse si hay un siniestro. Homologarlo cuesta bastante menos que cualquiera de esas dos cosas.
Esta reforma lleva proyecto técnico firmado por ingeniero, con su certificación final de obra, más el informe de conformidad y el certificado de taller. De todo eso nos encargamos nosotros: tú solo mandas las fotos y la ficha técnica.
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El precio depende de qué más lleve el vehículo, así que se calcula sobre lo tuyo, no sobre un caso general. Marca tus reformas en el formulario y lo ves al momento: cerrado, con IVA y sin compromiso. No se cobra nada hasta que lo aceptas.
Las tasas de la ITV no van incluidas: esas las pagas tú allí.
Todo desde el móvil. Ni desplazamientos, ni papeleo en ventanilla.
Sí. Cualquier modificación que no venga de fábrica tiene que constar en la ficha técnica. Sin homologar, la ITV es desfavorable y, si hay un siniestro, el seguro puede negarse a cubrirlo.
De 5 a 10 días hábiles desde que tenemos toda la documentación. Vas viendo el estado del expediente en la web, sin llamar.
Si el rechazo es por un error nuestro, lo corregimos sin coste. Si es por otra cosa del vehículo, te decimos exactamente qué falta.
Los dos sitios de siempre: en el montante del parabrisas, que es el más común para la barra, y en el capó, atornillado a los anclajes. Los dos se legalizan igual, y los dos tienen que cumplir lo mismo: nada de cantos vivos.


No hace falta ningún aparato para saber si un canto va a dar problemas: pasa el dedo por el borde. Si el filo te muerde, te raspa o te deja la marca en la yema, ese canto es agresivo y la ITV te lo va a mirar. Si el borde está redondeado y el dedo resbala sin engancharse, vas bien. Cuando no lo esté, se arregla de dos maneras: matacanto pegado en todo el borde, o redondear el filo con la radial hasta que deje de morder.
Aquí está la pregunta del millón: ¿puedo poner una barra LED en el techo de mi 4x4? La respuesta corta es que lo que se legaliza es el soporte, no la barra.
La barra LED, salvo que tenga marcado válido para circular, es alumbrado de uso limitado: sirve fuera de vía pública. El soporte, en cambio, es un elemento montado en el exterior del vehículo, y ese sí se declara.
El soporte: la estructura que sujeta la barra o los focos, normalmente en el frontal del techo, en la defensa o en el parachoques.
Se declara de qué material es (habitualmente acero), sus dimensiones y en cuántos puntos va anclado.
Si la barra LED tiene su marcado de homologación para la función que hace, se puede declarar como alumbrado y usarla circulando, respetando la regla de los 100 puntos de luz.
Si no lo tiene, se monta pero solo puede usarse fuera de vía pública. En ese caso se suele dejar desconectada o con su interruptor independiente.
Lo mismo vale para los focos de trabajo: montar se pueden, usarlos circulando no.
Ficha técnica y permiso de circulación.
Material y medidas del soporte, y en cuántos puntos va anclado.
Fotos del soporte montado, de frente y de lado.
Si la barra tiene marcado, la foto de la etiqueta.
La altura nueva del vehículo, si el soporte va en el techo.
Lo mismo cambia bastante según lo que conduzcas. Esto sale del manual de inspección que usa la ITV, y es lo que van a mirar.
F o BRL/AKJunto a la E dentro del círculo hay unas letras: son las que dicen para qué está homologada la pieza. Una luz puede llevar su E y aun así no valer para el sitio en el que la has puesto. Aquí tienes la lista completa, la misma que usa el inspector.
| Marcaje | Qué luz es |
|---|---|
C o C/ | Luz de cruce, lámpara código europeo |
R o R/ | Luz de carretera, lámpara código europeo |
C/R | Luz de cruce o carretera, lámpara código europeo |
HC o HC/ | Luz de cruce, lámpara halógena |
HR o HR/ | Luz de carretera, lámpara halógena |
HCR | Luz de cruce + carretera, lámpara halógena |
HC/R | Luz de cruce o carretera, lámpara halógena |
DC o DC/ | Luz de cruce, lámpara de descarga (xenón) |
DR o DR/ | Luz de carretera, lámpara de descarga |
DC/R | Luz de cruce o carretera, lámpara de descarga |
DCR | Luz de cruce + carretera, lámpara de descarga |
F o B | Luz antiniebla |
RL/A | Luz de circulación diurna / luz de posición delantera |
K | Luces angulares |
Las letras PL detrás del marcaje quieren decir que el proyector lleva lente de plástico. La barra / indica que esa luz no puede encenderse a la vez que la otra con la que va incorporada.
| Marcaje | Qué luz es |
|---|---|
A | Luz de posición o gálibo delantera |
1 | Intermitente delantero, a más de 40 mm de la zona iluminada del faro |
1a | Intermitente delantero, entre 20 y 40 mm del faro |
1b | Intermitente delantero, a menos de 20 mm del faro |
2a | Intermitente trasero de un nivel de iluminación |
2b | Intermitente trasero de dos niveles de iluminación |
3 | Intermitente lateral, en la parte delantera |
4, 5 y 6 (R o L) | Intermitente lateral |
R | Luz de posición o gálibo trasera |
S1 | Luz de freno de un nivel de intensidad |
S2 | Luz de freno de dos niveles de intensidad |
S3 / S4 | Tercera luz de freno |
L | Luz de la placa de matrícula |
AR | Luz de marcha atrás |
SM1 | Luz de posición lateral, vehículos de más de 6 m |
SM2 | Luz de posición lateral, resto de vehículos |
F o B | Luz de niebla (la B, en piezas anteriores a 1989) |
I / IV A | Catadióptrico |
IA (Ia) | Catadióptrico lateral no triangular |
IIIA (IIIa) | Catadióptrico triangular, el de los remolques |
Estas son las fotos que te vamos a pedir. Las ponemos aquí para que sepas exactamente qué tienes que buscar y desde dónde hacerlas. Pulsa encima para verlas grandes.
Si llevas o piensas llevar alguna más, se tramitan en el mismo expediente. Cada reforma añadida tiene su coste, y a partir de tres hay que consultarlo.
Faros auxiliares Cuántos, altura y encendido→
Faros delanteros Marcado, reglaje y color→
Protectores de faros Marcado y transparencia→
Rejilla delantera Cantos y sujeción→
Selector de marchas Anclaje y qué se declara→
Separadores de ruedas Grosor, ET y si sale la rueda→Esta reforma se hace en turismo, 4x4. Ahí tienes todo lo que se legaliza en cada uno.
Precio cerrado antes de pagar. Si no es homologable, te lo decimos y no cobramos nada.
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