Qué es, qué papeles hacen falta, cuánto cuesta y cuánto tarda. Sin tecnicismos y sin letra pequeña.
Todo el mundo lo llama «homologar», y por eso lo llamamos así nosotros también: es la palabra que la gente busca y con la que se entiende. Pero conviene saber qué es cada cosa.
Es lo que hace un fabricante con una pieza o un vehículo nuevo, desde cero: lo somete a ensayos y consigue que se apruebe un tipo. De ahí salen los marcados que ves grabados, como el 43R de una ventana o el E de un faro.
Es lo que hacemos aquí: coger un vehículo que ya existe y ya está matriculado, al que le has cambiado o añadido algo, y conseguir que esa modificación quede reflejada en la ficha técnica y sea legal para circular.
Dicho en corto: nosotros no homologamos piezas, legalizamos la reforma de tu vehículo. Si en algún sitio de la web ves la palabra «homologar», es por costumbre, no porque sea otra cosa.
Esto es lo que te llevas: la reforma anotada en el apartado de reformas del vehículo de tu ficha técnica, con la fecha y el sello de la estación de ITV. A partir de ahí, tu vehículo está en regla.

Es el expediente técnico que demuestra que la modificación que le has hecho al vehículo cumple la normativa. Con ese expediente la ITV puede anotar la reforma en la ficha técnica. Sin él, la reforma no existe legalmente por mucho que esté bien montada.
La regla es sencilla: si no venía de fábrica y se ve o afecta a la seguridad, hay que homologarlo. Las excepciones son pocas. Si tienes dudas, mándanos una foto y te lo decimos antes de que pagues nada.
Te lo decimos antes de cobrar. Revisamos que la reforma tenga encaje en el Manual de Reformas vigente y, si no lo tiene, te explicamos qué habría que cambiar para que lo tenga.
No. Trabajamos en toda España: nos mandas la documentación y las fotos desde el móvil. Tú solo vas a la ITV, ya con el expediente hecho.
Porque la administración agrupa las reformas por códigos. Varias piezas distintas pueden entrar en el mismo código y, por tanto, en el mismo expediente. Si montas defensa, estriberas y cabestrante puede que entren en el mismo expediente, pero cada reforma que se añade tiene su coste.
Sí. Todos los precios que ves en la web son finales, con el IVA ya dentro.
Esas no van incluidas y las pagas tú directamente en la estación. Varían según la comunidad autónoma.
Al final del formulario, cuando ya has visto el precio exacto. Con tarjeta, en un entorno seguro, y recibes factura automáticamente.
Algunas reformas exigen un proyecto firmado por un ingeniero: normalmente las que tocan estructura, frenos o suspensión. Cuando hace falta, ya va incluido en el precio que ves; no aparece después como un extra.
Estos son los documentos que puede pedir la ITV. No siempre hacen falta todos: depende de la reforma, del vehículo y de la comunidad autónoma. Aquí te explicamos qué es cada uno, quién puede firmarlo y cuándo hace falta.
Y antes de nada, la pregunta que lo ordena todo: ¿tu reforma lleva proyecto técnico o no? Eso no lo decidimos nosotros ni la ITV: lo decide el Manual de Reformas de Vehículos, el documento oficial que hay en España donde viene, reforma por reforma, qué papeles hacen falta en cada caso.
Lo dice el Manual para esa reforma
Lo dice el Manual para esa reforma
El informe de conformidad y el certificado del taller van en los dos casos. Lo que cambia es si encima llevas proyecto y su certificación final de obra, o no.
Van siempre juntos: si hay proyecto, hay certificación final de obra. Nunca uno sin el otro.
El proyecto técnico describe y calcula la reforma antes de nada: qué se ha montado, con qué materiales, qué cotas cambian y por qué el vehículo sigue siendo seguro.
La certificación final de obra es lo que se firma al terminar. Ahí van todas las fotos del vehículo ya reformado y ahí el ingeniero vuelve a confirmar que lo ejecutado se corresponde con el proyecto, indicando el taller y la fecha. Es la que la ITV te va a pedir junto al proyecto.
¿Lleva proyecto lo tuyo? Lo dice el Manual de Reformas para tu reforma en concreto. Y hay dos casos más en los que se puede evitar: cuando el vehículo reformado se corresponde con un tipo ya homologado, o cuando la reforma está amparada por un conjunto funcional autorizado.
Es el documento que revisa el expediente desde fuera y certifica que la reforma cumple los requisitos reglamentarios que le aplican. Va en el modelo oficial que marca la normativa.
Lo emite un laboratorio de homologación de vehículos — un servicio técnico de reformas designado por la administración — o, en su lugar, el fabricante del vehículo. No lo puede emitir el ingeniero que ha redactado el proyecto.
Es el papel en el que el taller que ha hecho el montaje certifica que la reforma está bien ejecutada. Va en modelo oficial y tiene que llevar el número de inscripción del taller en el Registro Especial, además del lugar y la fecha.
Si el montaje lo has hecho tú mismo, este es el documento que suele faltar. Cuéntanoslo y te decimos cómo resolverlo.
Es el certificado de la instalación eléctrica. Acredita que el montaje cumple el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión: cuadro de protecciones, cableado, secciones, tomas de tierra y calidad del montaje.
Solo se pide en campers y viviendas, cuando llevan instalación de 12V o 230V. Un coche normal no lo necesita.
Lo emite un instalador eléctrico autorizado, inscrito en el registro industrial de su comunidad autónoma. No vale que lo firme un ingeniero que no tenga esa habilitación.
Se usa el mismo modelo oficial de boletín que en una vivienda: no hay un impreso especial para vehículos.
El equivalente al boletín eléctrico, pero para el gas: acredita que la instalación de la bombona, los conductos, la cocina y los aparatos está hecha conforme a la normativa y es estanca.
Igual que el eléctrico: solo en campers y viviendas que lleven gas. Lo firma un instalador de gas autorizado, y también con el mismo modelo oficial que se usa en una vivienda.
Es el documento con el que el titular declara ante la administración que la reforma cumple lo que dice cumplir, y se presenta para que la ITV pueda diligenciar la ficha técnica con la reforma anotada.
Aquí es donde más cambian las cosas de una comunidad a otra: el modelo, el sitio donde se presenta y hasta si se pide o no dependen de tu comunidad autónoma. Nosotros miramos qué toca en la tuya y te lo mandamos preparado.
Cuando la reforma consiste en instalar una máquina o un equipo, hay que aportar su declaración CE de conformidad: el papel del fabricante que dice que ese equipo cumple las directivas que le aplican.
Es lo que se pide, por ejemplo, en un cabestrante o en una grúa. En muchas piezas basta con el marcado puesto en el propio elemento.
Ficha técnica (fotos de todas las caras, anverso y reverso de cada página), permiso de circulación por las dos caras, cuatro fotos del vehículo — frontal, trasera y los dos laterales, de frente, nada de diagonales — y la factura o la referencia de la pieza.
Todo desde el móvil. Cuantas más y mejores fotos, menos preguntas hay después y menos se retrasa el trámite.
No siempre. Si la pieza no tiene marca ni referencia, en algunos casos se puede tramitar como artesanal, aunque suele hacer falta un certificado de taller. Dínoslo y lo miramos.
Porque el expediente se defiende con imágenes. Cuantas más y mejores, menos preguntas hay después y menos se retrasa el trámite.
De 5 a 10 días hábiles desde que la documentación está completa. Lo que más se demora suele ser conseguir las instrucciones de montaje del fabricante cuando la reforma las exige.
Sí. Con tu matrícula y tu email ves el estado del expediente en la web, sin llamar ni esperar.
Si el rechazo es por un error nuestro, lo corregimos sin coste. Si viene de otra cosa del vehículo, te decimos exactamente qué es y cómo resolverlo.
No hace falta: vas con el expediente completo y el inspector solo tiene que comprobar que el vehículo se corresponde con lo declarado.
Ver el precio no cuesta nada y no te compromete a nada.
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